viernes, 18 de mayo de 2007

continuación juicio de amparo

En la demanda hay un actor quejoso o agraviado por medio de su representante legal, demandado uno o varios hace la contestación de las pruebas son las dos partes además de los alegatos que hacen las partes relacionando los hechos de la demanda y los fundamentos de derecho que son los razonamientos jurídicos.
SENTENCIA.- La emite la autoridad responsable para dar una resolución y por último los recursos legales o medios de impugnación de la sentencia.
El juicio de amparo es un recurso extraordinario, autónomo e independiente.
El juicio de amparo tiene una vigencia vital y única para su tramitación.
Acción de amparo.- Es un derecho público objetivo que tiene toda persona, ya sea física o moral como gobernado de acudir ante el poder judicial de la federación cuando considere se le ha violado alguna de sus garantías individuales, mediante un acto o ley por una autoridad del Estado en las hipótesis previstas por el artículo 103 constitucional. Con el objeto de que se le restituya en el goce de esas garantías, ya sea restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de la violación, ya obligando a la autoridad a respetar las garantías individual violada.

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