Las actuaciones deben practicarse en días y horas hábiles.
El código de procedimientos civiles para el estado de Nayarit establece que son días hábiles todos los días del año, menos los sábados y domingos, y aquellos que se declaren festivos por las leyes.
Si en un día no festivo no trabajan los tribunales será considerado como día inhábil.
Formalidades en cuanto a copias.- Cuando las partes presenten su demanda y contestación será menester que acompañen al escrito las copias suficientes para correr traslado a la parte demandada, así como para integrarlos dentro de los expedientes, en el original y duplicado, estas se dejarán en oficialía de correspondencia común o bien en oficialía del mismo juzgado.
Otro tipo de copias dentro de un procedimiento judicial son las que solicitan las partes dentro de los autos del que ellos forman parte. En la práctica las copias deberán solicitarse por escrito, y posteriormente el juzgador las otorgará a las personas que estén autorizadas para recibirlas, el juez puede expedir dos tipos de copias cuando lo solicita alguna de las partes, estas pueden ser simples o certificadas.
Las copias simples son aquellas que se sacan del expediente y se fotocopia y se le entrega a las partes que lo solicitaron.
Las copias certificadas son aquellas en las que el secretario de acuerdos entre sella firma y rubrica y al final se estampa un sello de certificación en el cual se pondrán los siguientes datos:
El nombre del secretario de acuerdos, el juzgado en el que labora, la fecha, el número de expediente y el número de fojas que está certificando.
La violación de las formalidades procésales, conceptos, casos y modelos
Si durante el procedimiento judicial se viola las formalidades establecidas por el código de procedimientos civiles cualesquiera de las partes que ha sido afectada por alguna falta de formalidad de parte de la autoridad será conveniente que solicite la nulidad de esas actuaciones.
No hay comentarios:
Publicar un comentario