1) Etapa resolutiva
Etapa expositiva.- El actor o actores presenta a través de una demanda sus acciones; esto es le hace saber, al juzgador en el punto de exposición de hechos, y petitorios que acciones se presentan al demandar para con el demandado.
A su vez el demandado opone sus excepciones al momento de dar contestación a la demanda que el actor interpuso en su contra y si este así lo quiere de acuerdo a sus intereses jurídicos, puede contra demandar a la parte actora y esto es la reconvención o contra demanda, donde el demandado se convierte en actor, y el actor en demandado; es decir, las dos partes en el proceso estarán en igualdad de circunstancias.
Etapa probatoria.- Es la segunda etapa del procedimiento judicial en la que las partes deberán presentar todos los medios de convicción para la demostración de la existencia o inexistencia de un hecho o acto jurídico para probar a su contraparte y al juzgador. Las partes podrán presentar cualquier tipo de probanzas para determinar y comprobar sus acciones o sus excepciones.
En caso de ser procedente el juzgador deberá admitir las pruebas ofrecidas con antelación ordenando que se agreguen a sus autos las que así procedan para ser valoradas en el momento Procésal oportuno por ejemplo la prueba documental.
Existe otras pruebas en las cuales serán necesario que determine una fecha y hora para el desahogo de las mismas por ejemplo prueba testimonial o confesional, junta de peritos, inspección judicial etc.
Existen otras pruebas que no se agregan a los autos ni se tienen que desahogar en hora y fecha determinada por ejemplo la prueba presuncional ya sea legal o humana, pues son los razonamientos que hace el juez observando el medio de defensa y las pruebas que se ofrecieron en el momento de dictar una sentencia.
Etapa conclusiva.- Una vez estudiado el asunto con los abogados de las partes y cerrado el período de instrucción; esto quiere decir, que ya no hay pruebas pendientes de desahogar, o bien que las partes no ofrecieron pruebas en el tiempo oportuno, las partes presentan sus alegatos expresando sus razonamientos a favor de su defendido, lo hacen saber al juez por que le asiste la razón a su cliente y le fundamenta con los preceptos legales que encuadren en el asunto, por ejemplo en leyes, reglamentos o incluso en lo establecido por la jurisprudencia.
Los alegatos prácticamente siempre los presenta el actor solicitando que se condene al demandado y el demandado concluye en que se le absuelva al momento de dictar sentencia.
Etapa resolutiva.- Es la última etapa del procedimiento judicial, antes de llegar a la ejecución de la sentencia, en la cual resuelve el fondo del asunto; esto es, tomará en cuenta desde la presentación de la demanda, en sus puntos petitorios que es lo que pide el actor para el momento de dictar sentencia lo haga sobre la petición que le fue solicitada y no en otro sentido para lo cual deberá analizar y valorar todas las pruebas que le ofrecieron las partes para que se de
Por terminado el juicio en primera instancia.
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