viernes, 18 de mayo de 2007

continuación juicio de amparo

fuerza pública y que con base en disposiciones legales o de pacto pretenden imponer obligaciones, modificar las existentes o limitar los derechos de los particulares.
Ley.- Norma jurídica obligatoria y general dictada por legítimo poder para regular la conducta de los hombres o para establecer los órganos necesarios para el cumplimiento de sus fines.
Autoridad.- Autoridad del latín Autoritas, atis; prestigio, garantía, ascendencia, potestad; los juristas entiende por autoridad:
La posesión de quien se encuentra embestida de facultades o funciones o la persona o cosa que goce o se le atribuye fuerza, ascendencia u obligatoriedad, por extensión la expresión se aplica para designar a los individuos y órganos que participan del poder público nombrado así a los detectores (legítimos del poder)
En las hipótesis previstas en el art. 105 constitucional; que se consideren violatorios de garantíos la autoridad puede el afectar el patrimonio y la persona de cada ciudadano.
OBJETO DEL JUICIO DE AMPARO.- Es la declaración de constitucionalidad del acto o ley invalidándose o nulificándose en relación con el agraviado y restituyéndole en el pleno goce de sus garantías individuales.

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