viernes, 18 de mayo de 2007

continuación juicio de amparo

-CONSTITUCIONAL.- Tiene una finalidad de salvaguardar lo contenido en la constitución.
-CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES.- Se da cuando alguno de los dos poderes de la federación están en desacuerdo y cada una de ellas trata de tomar facultades que no los corresponde.
JUICIO DE AMPARO.- Es autónomo, es autosuficiente e independiente, se inicia en vía de acción, es un derecho subjetivo que tenemos ante un tercero para el cumplimiento de nuestro derecho.
-EXCEPCIONES.- Es la defensa o contestación de la demanda (demandante) a la demanda del quejoso.
ARTÍCULO 5 L.A LAS PARTES EN UN JUICIO DE AMPARO SON:
I.- El agraviado o agraviados
II.- La autoridad o autoridades responsables;
III El tercero o terceros perjudicados, pudiendo intervenir con ese carácter
A (La contra parte del agraviado cuando el acto reclamado emana de un juicio o controversia que no sea del orden penal, o cualquiera de las partes en el mismo juicio cuando el amparo sea promovido por persona extraña al procedimiento;b) El ofendido a las personas que, conforme a la ley, tengan derecho a la reparación del daño o a exigir la responsabilidad civil

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