jueves, 17 de mayo de 2007

continuación de investigación de protocolo de tesis

7.7.3.- El efecto del acto

El resultado tiene que estar sancionado en las leyes penales y conminado con una pena.

7.8.- Relación de causalidad.

Se sabe que el delito es un acto humano que comprende por una parte el movimiento corporal de la acción ejecutada o la acción esperada y no ejecutada y por otra el resultado producido o la potencialidad de causarlo. Para que el resultado pueda incriminarse, precisa existir un nexo causal, es el ligamen que une a la Conducta del ser humano con el resultado sobrevenido. Dicha relación debe ser material y una a la causa con el efecto, debe ser material ya que si es moral, espiritual o psicológico no tendría relevancia para el derecho penal.

7.9.-Acción

Consiste en actuar o hacer, es un derecho positivo, implica que el agente lleva a cabo uno o varios movimientos corporales, comete la infracción a al ley por si mismo o por medio de instrumentos, animales, mecanismos e incluso mediante personas.

Los elementos de la acción son: la voluntad, la actividad, el resultado y la relación de causalidad llamado también nexo causal.

7.9.1.- Voluntad

Es querer cometer el delito, es propiamente la intención.

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