jueves, 17 de mayo de 2007

continuación de investigación de protocolo de tesis

Para Cuello Calón, la razón fundamental de la no admisión de la compensación de culpas se encuentra en la Conducta culposa de la víctima

12.7.- El caso fortuito en el Derecho mexicano.- Cuello Calón dice que más allá de la culpa, está el caso fortuito. Su esencia reside en la ausencia de culpabilidad, de dolo y de culpa; el agente no ha querido el acaecimiento dañoso, ni lo ha causado por imprudencia o negligencia. El caso fortuito posee cierto parentesco con la fuerza mayor.

A su vez Fernando Castellanos expone que en el caso fortuito, el resultado adviene por el concurso de dos energías diversas, la Conducta del agente (precavida, lícita) y una fuerza extraña a el.

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