vigente se define que delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales. Los elementos del delito son los siguientes:
A) Un acto y omisión, es decir, una acción o lo que es lo mismo, la voluntad, externamente manifestada por un movimiento del agente o por la falta de realización de un hecho positivo exigido por la ley.
B) Que esté sancionado por la ley penal. Esto implica la obligación del establecimiento de los tipos legales por la normación punitiva.
3.1.8.- Delitos de omisión
Se viola una norma preceptiva (que impone determinada Conducta) por la abstención o inactividad del agente; es decir el delincuente hace lo que no debe hacer. Los delitos de comisión por omisión, en estos se viola una norma prohibitiva por la Conducta inactiva del agente, es decir, el delincuente vulnera una norma de no hacer con un no hacer de su Conducta.
3.1.9.- Delitos de lesión y de peligro
Son los que una vez realizados, producen un daño efectivo y directo en los intereses o bienes protegidos, pero propician una situación de amenaza de daño para ellos.
3.1.10.- Delitos simples y complejos.
Simples.-Son aquellos que solo lesionan un bien jurídico o determinado o un solo interés jurídicamente protegido, son Complejos.- Los que se constituyen por hechos diversos que vulneran bienes jurídicamente distintos, cada uno de los cuales es por sí mismo un delito.
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