3.1.11.- Delitos militares
Son aquellos que afectan a la disciplina militar, porque supongan violación de la misma o por que por determinadas circunstancias vulneren los deberes o las especiales prerrogativas y necesidades del instituto militar
3.1.12.- Delitos políticos
Son los cometidos contra el orden político del Estado, así como todo delito de cualquiera otra clase determinado por móviles políticos. Estos delitos se subdividen en; puros, exclusivamente lesionadores o vulneradores del orden político, y relativos, si además constituyen eventos delictivos comunes junto a su afectación del orden político.
3.2 CLASIFICACIÓN DEL DELITO
Según su gravedad y por la manera de manifestar la voluntad.
3.2.1.- Según su gravedad
Las distintas legislaciones penales se adhieren a uno de los sistemas siguientes: tripartito o bipartito. La clasificación tripartita diferencia las infracciones penales en crímenes, delitos y contravenciones. Los crímenes vulneraban los derechos naturales, los delitos lesionaban exclusivamente los derechos dimanantes del pacto social y las contravenciones infringían preceptos administrativos y reglamentaciones policíacas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario