Para mayor claridad del significado del término y del delito de adulterio que estamos revisando, sirve bastante bien medirlos con el nomen iuris del capítulo citado y el o los bienes jurídicos que en ese mismo capítulo se protegen.
Ahora bien, tanto el término y el delito de adulterio al tiempo de pertenecer a un sistema de normas penales, también son partes de otro sistema jurídico no penal. Nos referimos al sistema de normas de la institución civil denominada divorcio, donde el adulterio aparece como una de sus causales. Como se puede imaginar, el término adulterio en el contexto civil resulta algo más que el solo significado penal. Incluso, no hay obstáculos para que lo establecido por la jurisprudencia civil pueda aportar otros elementos para determinar el significado penal del término adulterio.
4.2. Legislaciones Penales en México, que no tipifican el adulterio
Es necesario establecer que los Estados que no tienen contemplado el delito de adulterio en sus respectivos códigos penales son Baja California Sur, Baja California, Campeche, Colima, Chiapas, Guanajuato, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán.
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